Los menores sometidos a esta medida habrán de asistir al centro designado con la periodicidad requerida por los facultativos que les atiendan y seguir las pautas fijadas para el adecuado tratamiento de la anomalía o alteración psíquica, adicción al consumo de drogas o alteraciones en la percepción que padezcan. De este modo, el tratamiento ambulatorio se convierte en una medida destinada a los menores que disponen de las condiciones adecuadas en su vida para beneficiarse de un programa terapéutico en el medio donde residen.