Esta medida se define como una intervención educativa a instancia judicial en la que el menor sometido debe permanecer en su domicilio hasta un máximo de 36 horas entre la tarde o noche del viernes y la noche del domingo, a excepción del tiempo que deba dedicar a las tareas socioeducativas asignadas por el Juez de Menores. El contenido de esta medida vendrá determinado por el Juez en la resolución temporalizándose por periodos de fines de semana. A falta de un contenido explícito, el técnico que ejecuta la medida elaborará un programa de intervención.