RESUMEN DECRETO 18/2021, de 29 de enero, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras y concesión directa de ayudas para trabajadores y trabajadoras afectados por un ERTE derivado de la crisis sanitaria

OBJETO:

Aprobar las bases que regulan la concesión de ayudas urgentes, por concesión directa, a trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena afectados con suspensión del contrato por un expediente de regulación de empleo a consecuencia de la emergencia sanitaria causada por la Covid-19.

PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN:

Estas ayudas se conceden de forma directa.

PERSONAS BENEFICIARIAS Y REQUISITOS:

Serán beneficiarias las personas físicas que reúnan los siguientes requisitos:

  • Tener la condición de trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena.
  • Que el código de cuenta de cotización a la Seguridad Social del centro de trabajo donde presten sus servicios corresponda al código de una provincia en la Comunitat Valenciana.
  • Que sean perceptoras de prestación por desempleo debido a la suspensión temporal del contrato de trabajo, de forma total, como consecuencia de un ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o de fuerza mayor derivadas de la Covid-19.

IMPORTE DE LAS AYUDAS:

  • Un máximo de 300,00 euros por persona beneficiaria en el caso de que hayan sido perceptoras de prestación por desempleo asociada a ERTE Covid-19 en los meses de enero y febrero del 2021.
  • Un máximo de 150,00 euros por persona beneficiaria en el caso de que hayan sido perceptores de prestación por desempleo asociada a ERTE Covid-19 durante el mes de enero o durante el mes de febrero de 2021.

FORMA DE PAGO:

El pago de las ayudas se librará de una sola vez y se realizará mediante una transferencia a la correspondiente cuenta bancaria de las personas beneficiarias que haya facilitado el SEPE.

COMO SE INSTRUYE EL PROCESO:

La resolución de concesión determinará la relación de personas beneficiarias e indicará la cuantía de la ayuda. El plazo para resolver será de tres meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este Decreto.

OBLIGACIONES DE LOS PERCEPTORES:

Son obligaciones de las personas beneficiarias:

  • Facilitar cuantos datos e información relacionados con la ayuda concedida les sean requeridos por la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
  • Comunicar a la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo cualquier incidencia que se produzca en relación con la suspensión de su contrato de trabajo o con el ERTE en el que se encuentren incluidas.
  • En su caso, proceder al reintegro de los fondos percibidos.
  • Someterse a las actuaciones de control financiero previstas.

COMPATIBILIDAD DE LAS AYUDAS:

Estas ayudas serán compatibles con cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, locales, autonómicos, estatales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.