NORMATIVA Y OBJETO

DOGV

El objeto de esta resolución es convocar para el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana los premios extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 2020-2021.

BENEFICIARIOS

Se consideran aspirantes a estos premios los alumnos y las alumnas que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Haber cursado y superado, en centros educativos españoles dependientes de la Comunitat Valenciana, al menos el segundo curso de cualquiera de las modalidades de Bachillerato, y haber finalizado en el curso académico 2020-2021.
  2. Haber obtenido el título de Bachiller, con todas las materias de la etapa superadas en la evaluación final ordinaria, en el curso 2020-2021.
  3. Haber obtenido en el conjunto de los dos cursos de Bachillerato de cualquiera de las modalidades una nota media igual o superior a 8,75 puntos.
  4. Esta nota media será la media aritmética de las calificaciones de todas las asignaturas cursadas y superadas en los dos cursos de Bachillerato, redondeada a la centena más próxima y en caso de equidistancia, a la superior.
  5. Las materias objeto de exención y/o convalidación del alumnado que cursa simultáneamente enseñanzas profesionales de Música o Danza o bien que hayan acreditado la condición de deportista de alto nivel, de alto rendimiento o de élite, que consten como exentas y convalidadas respectivamente y que no son calificadas, no se computarán para la obtención de la nota media.

CONCESIÓN

En la Comunitat Valenciana se concederán 30 premios.